Si deseas hacer una buena inversión, te damos la oportunidad de adquirir una hermosa y cómoda estancia campestre de una (1) hectárea de terreno, muy cerca de Tinaquillo, estado Cojedes, Venezuela, la cual posee los siguientes Atributos de Construcción:
Casa de dos (2) Plantas, bien equipada
Tres (3) habitaciones con baño privado cada una y closets
Aire Acondicionado tipo Split
Una (1) habitación con baño para el encargado de la Finca
Área de Terraza con baño
Cabaña adicional con camas, baño, aire acondicionado
Cocina equipada con nevera, tipo vitrina, y congelador
Amplio Caney con capacidad para 200 personas, aproximadamente
Fogón externo
Patio de Bolas Criollas
Cancha de Basket Ball
Mesa de Pool
Parque infantil
Piscina equipada
Pozo profundo de agua
Tanque subterráneo con sistema hidroneumático
Planta eléctrica con transfer
Atributos Agrícolas y Ecológicos
Árboles Frutales: 40 Matas de Mangos injertos en producción. Aguacates. Nísperos. Guayabas. Cambures, entre otras
Esta es una excelente oportunidad de inversión inmobiliaria en la localidad de Turmero, estado Aragua, en la zona de Rosario de Paya,sector Los Mangos, la cual es una zona tranquila y de clima agradable.
Es una interesante propiedad de dos (2) niveles de construcción, de casi mil metros cuadrados de superficie total (999,88 m²), la cual puedes aprovechar para poner en marcha tus ideas o proyectos, enfocados en el comercio e industria, o similares, ya que este inmueble posee los siguientes atributos:
PRIMER NIVEL (Planta Baja)
Ocho (8) Locales (comerciales) de 16 m² aproximadamente, bien construidos, cada uno con su baño
Un (1) Local (comercial) grande, de 36 m² aproximadamente, con baño
Dos (2) Tanques de Agua subterráneos: Uno de 22 mil litros y el otro de 25 mil litros
Área utilizable como Depósito, de 6 m² aproximadamente, construida debajo de una escalera, ubicada en uno de los pasillos
Estacionamiento para doce (12) vehículos
Baño en uno de los pasillos
Área verde de 120 m² aproximadamente, con árboles
Poste de Electricidad Privado (en la entrada/calle)
SEGUNDO NIVEL (2da. Planta)
Casita de usos múltiples
Construcción completamente techada con losa acero, en obra gris, sin divisiones internas ni acabados, bien fundamentada, con entrada independiente, la cual posee una superficie aproximada de 300 m².
La propiedad posee un área habitable, bastante acogedora, que consta de:
Cocina Empotrada
Comedor
Sala
Dos (2) habitaciones
Un (1) baño
La inversión para esta interesante propiedad inmobiliaria es de oportunidad, y la misma posee un valor de setenta mil dólares de los Estados Unidos (USD 70,000.00).
Si eres una persona dispuesta a invertir para desarrollar tus ideas y proyectos, no dudes en llamarme:
Fachada Principal de la CasaFachada Principal de la CasaFachada Principal de la CasaFachada Principal de la CasaFachada Principal de la CasaPasillo Central con Locales Comerciales a los ladosPasillo Central con Locales Comerciales a los ladosPasillo Central con Locales Comerciales a los ladosPasillo Central con Locales Comerciales a los ladosLocales de 16 m²Local de 36 m² Cuartos de los Tanques SubterráneosSegundo Estacionamiento con capacidad para cuatro (4) vehículosSegundo Estacionamiento con capacidad para cuatro (4) vehículosPasillo Lateral con Escaleras de Acceso al 2do. NivelPanel Central de ElectricidadEstacionamiento con capacidad para ocho (8) vehículosEstacionamiento con capacidad para ocho (8) vehículosParte Lateral y Trasera de la CasaParte Lateral y Trasera de la CasaParte Trasera de la CasaParte Trasera de la Casa Área Verde con ÁrbolesÁrea Verde con ÁrbolesÁrea Verde con ÁrbolesCasita de Usos MúltiplesEscaleras de Acceso Independiente al 2do. NivelEscaleras de Acceso Independiente al 2do. Nivel2do. Nivel – Área Construida2do. Nivel – Área Construida2do. Nivel – Área ConstruidaCocina EmpotradaComedor – SalaHabitación PrincipalPortón de SeguridadFachada PrincipalFachada Principal
Si eres un alto ejecutivo de empresas o eres empresario de trayectoria, esta oportunidad de alquiler es para ti. Es un bello y exclusivo apartamento en Las Delicias, Maracay, en la Av. Las Delicias, muy cerca del Hotel Hesperia.
El apartamento está ubicado en las residencias Parque Cotoperiz, cuyas características son:
ATRIBUTOS DEL APARTAMENTO Área: 260 m² Sala Comedor Cocina empotrada Tres (3) habitaciones principales con baños Aire Acondicionado Central Tres (3) puestos de estacionamiento Área de Lavadero Planta Eléctrica propia Dos (2) Tanques de Agua de 400 litros cada uno
ATRIBUTOS DEL EDIFICIO Y ÁREAS COMUNES Salón Grande para Fiestas y Parrilladas Salón Pequeño con Aire Acondicionado Piscina para Niños Piscina para Adultos Cancha de Tenis Cancha de Basket Ball Pista Extensa de Trote y Jardín Fuente de Agua Vigilancia Privada las 24 horas del día (24/7) Cámaras de Seguridad por todo el lugar, hasta en los ascensores Dos (2) Tanques de suministro de Gas Planta Eléctrica propia Salida con facilidad a la carretera que lleva a las playas de Choroní
Parque Cotoperiz es un complejo residencial exclusivo, selecto, tranquilo y seguro, del cual podrás disfrutar y tener calidad de vida, teniéndolo como refugio propio de ese escape de tu diario vivir, de la rutina.
Si eres un alto ejecutivo de empresas o un prominente empresario, este apartamento en alquiler es para ti.
El canon de arrendamiento para este selecto apartamento es de un mil trescientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 1,300.00) al mes.
Las condiciones de la negociación son las siguientes:
Tres (3) meses de Depósito Un (1) mes de Gestiones Inmobiliarias Cien dólares de los Estados Unidos (USD 100.00) para la elaboración y firma del Contrato de Arrendamiento privado
A la venta céntrico terreno ubicado en el sector La Romana, municipio Girardot, Maracay oeste, estado Aragua.
El terreno posee una magnífica ubicación por estar situado en la Av. Páez, en el sector La Romana, entre las calles La Romana y Campo Elías, a dos cuadras de la avenida Ayacucho y a dos cuadras de la avenida Bolívar.
El terreno posee agua y electricidad, y es ideal para:
Construcción de Mini Centro Comercial
Construcción seriada de locales comerciales
Construcciones diversas de acuerdo con las normativas municipales
Otros
La inversión para este terreno, de 240 m², aproximadamente, es de treinta mil dólares de los Estados Unidos (USD 30,000.00).
Si deseas invertir en Venezuela, comunícate por aquí:
A la Venta cómodo y lindo apartamento ubicado en el edificio Residencias Habitat I, en la Calle 9 con Av. Principal de La Soledad. Maracay. Estado Aragua.
Es un interesante inmueble de dos (2) niveles, ubicado en el piso 4 del edificio, con una superficie de 216 m², cuyos atributos internos se detallan a continuación:
PRIMER NIVEL – Nivel de Entrada
Sala con Balcón y Jardinera
Comedor
Área de Despensa (Pequeño Almacén)
Baño para invitados
Amplia y Acogedora Cocina con dos (2) Desayunadores
Área para Lavar (Laundry)
Cuarto de Servicio con Baño
SEGUNDO NIVEL
Tres (3) magníficas habitaciones con baño y pequeño balcón con jardinera, cada una
El apartamento posee dos (2) puestos de estacionamiento con maleteros.
El edificio Residencias Habitat I posee los siguientes atributos:
Planta Eléctrica (sólo para el edificio)
Pozo de Agua Propio
Amplio Salón de Fiesta
Áreas Comunes de esparcimiento
Circuito Cerrado de Cámaras (sólo para el edificio)
Ubicado a dos (2) cuadras de la Plaza La Soledad
La inversión para este interesante apartamento es de ciento cincuenta mil dólares de los Estados Unidos (USD 150,000.00).
Realiza la inversión más importante de tu vida. Te invito a adquirir este magnífico inmueble.
Puedes comunicarte conmigo de la siguiente manera:
0412-8555684
0414-9370881
0414-4894238
0426-2168787
E-mail: bienesinmueblesve@gmail.com
Atención: Lic. Eduardo Fuenmayor Fernández y Dr. Juan Vicente Rodríguez Tejeda.
Se vende cómodo y lindo apartamento ubicado en el edificio Residencias San Jorge II, en la Av. Principal con Calle 2, Urb. La Soledad. Maracay. Estado Aragua.
Este bello apartamento posee como atributos, lo siguiente:
Área: 154 m²
Piso 2
Amplia Sala y área de Estar, totalmente diferenciadas
Hermosa Cocina, acogedora e iluminada con luz natural
Agradable zona para Lavar (Laundry)
Tres (3) habitaciones
Tres (3) baños
Dos (2) puestos de estacionamiento (sin maleteros
El edificio, Residencias San Jorge II, posee los siguientes atributos:
Magnífica ubicación, por estar situado en la Av. Principal de la Urb. La Soledad, a dos cuadras de la Av. Las Delicias y a dos cuadras de la Plaza La Soledad
Planta Eléctrica al 100%
Pozo de Agua propio
Pequeña Sala de Reunión
La inversión para este atractivo inmueble es de ciento cincuenta y cinco mil dólares de los Estados Unidos (USD 155,000.00).
Si quieres dar un giro importante a tu vida, te invito a realizar esta atractiva inversión, llamando a los siguientes números telefónicos:
0412-8555684
0414-9370881
0414-4894238
0426-2168787
Lic. Eduardo Fuenmayor Fernández y Dr. Juan Vicente Rodríguez Tejeda.
Se alquila atractivo local comercial ubicado en el Centro Comercial Parque Aragua. Maracay. Estado Aragua.
Es un interesante inmueble de ciento ochenta y seis metros cuadrados (186 m²), situado en una esquina del nivel de su ubicación, con acceso directo a los ascensores y escaleras mecánicas, y vista al Centro Comercial White Point.
ATRIBUTOS DEL LOCAL
Área: 186 m²
Local de dos (2) niveles, ideal para restaurante o comercio de comida rápida
Aire Acondicionado integral
Dos (2) Baños
Línea telefónica Cantv
Tanque de Agua de 15.000 litros, ubicado en la terraza
Instalación de Gas Directo
Espacio que puede servir como oficina o depósito
ATRIBUTOS DE LUGAR O UBICACIÓN
Ubicado en el Centro Comercial Parque Aragua
Situado en una esquina del nivel de su ubicación
Con vista al Centro Comercial White Point
Facilidad para colocar mesas y sillas en las áreas comunes
Cerca de la Notaría Cuarta (4ta.) de Maracay
Rodeado, en los distintos niveles del centro comercial, de otros comercios, entidades financieras, comercios de tecnología, y demás.
El local tiene dos modalidades de alquiler:
MODALIDAD 1: Alquiler del Local completamente desocupado
Bajo esta modalidad, completamente desocupado, el canon de arrendamiento sería de cuatrocientos dólares americanos (USD 400.00) al mes. El monto del condominio es alrededor de ciento ochenta dólares americanos mensuales, aproximadamente.
MODALIDAD 2: Alquiler del Local y Fondo de Comercio
Bajo esta modalidad, se alquila el local con todo el negocio actual, contentivo de:
MOBILIARIO: Sillas. Mesas y similares.
EQUIPOS: Horno de Pizza. Horno de Panadería. Vitrinas. Cocina. Neveras. Refrigeradores. Cava Cuarto de 2×2. NO incluye Licuadora grande, ni Amasadora.
Instalación de Gas Directo.
Tanque de Agua de 15.000 litros, ubicado en la terraza
Tres (3) Aires Acondicionados de 5.000 BTU, cada uno, adicional al aire acondicionado integral.
Licencia de Licores
Oficina con mobiliario y equipo
Bajo esta modalidad, el canon de arrendamiento sería de seiscientos dólares americanos (USD 600.00) al mes. El monto del condominio es de ciento ochenta dólares americanos mensuales, aproximadamente.
NEGOCIACIÓN:
Tres (3) meses de Depósito en Garantía
Dos (2) meses de Canon de Arrendamiento por adelantado
Un (1) mes de gestiones inmobiliarias
Cien dólares americanos (USD 100.00) para la elaboración y firma del Contrato de Arrendamiento
Gastos de Notaría
REQUISITOS PARA EL ALQUILER:
Acta Constitutiva de la Empresa y última modificación
RIF de la Empresa
Correo Electrónico de la Empresa
Cédula de Identidad y RIF del Representante Legal de la Empresa
Correo Electrónico del Representante Legal de la Empresa
Si estás pensando realizar una buena inversión, llámame:
0412-8555684
0414-9370881
0414-4894238
0424-3394962
bienesinmueblesve@gmail.com
Lic. Eduardo Fuenmayor Fernández y Dr. Juan Vicente Rodríguez Tejeda.
Se vende atractivo local comercial ubicado en el Centro Comercial Parque Aragua. Maracay. Estado Aragua.
Es un interesante inmueble de ciento ochenta y seis metros cuadrados (186 m²), situado en una esquina del nivel de su ubicación, con acceso directo a los ascensores y escaleras mecánicas, y vista al Centro Comercial White Point.
ATRIBUTOS DEL LOCAL
Área: 186 m²
Local de dos (2) niveles, ideal para restaurante o comercio de comida rápida
Aire Acondicionado integral
Dos (2) Baños
Línea telefónica Cantv
Tanque de Agua de 15.000 litros, ubicado en la terraza
Instalación de Gas Directo
Espacio que puede servir como oficina o depósito
ATRIBUTOS DE LUGAR O UBICACIÓN
Ubicado en el Centro Comercial Parque Aragua
Situado en una esquina del nivel de su ubicación
Con vista al Centro Comercial White Point
Facilidad para colocar mesas y sillas en las áreas comunes
Cerca de la Notaría Cuarta (4ta.) de Maracay
Rodeado, en los distintos niveles del centro comercial, de otros comercios, entidades financieras, comercios de tecnología, y demás.
El local tiene dos modalidades de venta:
MODALIDAD 1: Venta del Local completamente desocupado
Bajo esta modalidad, completamente desocupado, la inversión sería de setenta mil dólares americanos (USD 70,000.00).
MODALIDAD 2: Venta del Local y Fondo de Comercio
Bajo esta modalidad se entrega el local con todo el negocio actual, contentivo de:
MOBILIARIO: Sillas. Mesas y similares.
EQUIPOS: Horno de Pizza. Horno de Panadería. Vitrinas. Cocina. Neveras. Refrigeradores. Cava Cuarto de 2×2. NO incluye Licuadora grande, ni Amasadora.
Instalación de Gas Directo.
Tanque de Agua de 15.000 litros, ubicado en la terraza
Tres (3) Aires Acondicionados de 5.000 BTU, cada uno, adicional al aire acondicionado integral.
Licencia de Licores
Oficina con mobiliario y equipo.
Bajo esta modalidad, la inversión sería de ochenta mil dólares americanos (USD 80,000.00).
Si estás pensando realizar una buena inversión, llámame:
0412-8555684
0414-9370881
0414-4894238
0424-3394962
bienesinmueblesve@gmail.com
Lic. Eduardo Fuenmayor Fernández y Dr. Juan Vicente Rodríguez Tejeda.
Uno de los actos más importantes en la gestión condominial es la información a los copropietarios, por parte tanto del Administrador o empresa administradora, como de la Junta de Condominio, de cómo se está llevando o se ha llevado a cabo la administración, conservación, mantenimiento, reposición y cuidado de las áreas comunes del inmueble administrado, bajo el régimen de propiedad horizontal.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) señala en su artículo 20, literal “h” que el administrador debe “presentar el informe y cuenta anual de su gestión”. En otras palabras: la memoria y cuenta de los actos administrativos que ha realizado en nombre de la comunidad de propietarios o del condominio que se le ha encargado para su administración.
Todos los actos administrativos que el administrador debe realizar, en nombre del condominio, se rigen por las normas del Mandato, previstas en el Código Civil de Venezuela, en los artículos 1.684 y 1.694, entre otros. Estas normas también son aplicables a la Junta de Condominio, esté la misma o no en autogestión.
Es por ello que la Ley de Propiedad Horizontal, en el tercer aparte de su artículo 18, define las funciones de la Junta de Condominio; y en su artículo 20, las del Administrador (sea éste persona natural o jurídica). Es decir, tanto la Junta como el Administrador son mandatarios que por separado están obligados a rendirle cuentas a la comunidad. El primero, la Junta, por ser electa por la comunidad de propietarios (Asamblea de Propietarios), de acuerdo con el mismo artículo 18 de la LPH, para que los represente en todos los actos que tengan que ver con la vida del condominio; sean éstos jurídicos, administrativos o de otra índole. El segundo, el Administrador, electo también, o aprobada su contratación por la comunidad de propietarios, de acuerdo con el contenido del artículo 19 de la misma LPH, para que ejecute los actos de conservación, cuidado y administración de lo señalado en el artículo 5 de esta norma, y aquellos actos propios que caracterizan su gestión administrativa, previstos en el artículo 20 de la mencionada Ley, además de otros como proponer a la Junta la contratación de personal, distribución del personal en sus tareas, registrar las transacciones que se derivan de las operaciones financieras y económicas de la comunidad, entre otras.
La información de la gestión realizada, de cada entidad por separado (Junta y Administrador), debe plasmarse en un documento denominado Informe de Administración, Memoria y Cuenta o, simplemente, Informe de Gestión. La finalidad de este documento es dar a conocer con detalle a la comunidad de propietarios los actos de mantenimiento, reposición, administración y conservación, realizados a la comunidad inmobiliaria, en concordancia con el contenido del artículo 5, de la LPH, por parte del administrador y la Junta, en un periodo determinado.
En el caso formal que señala el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal, en el literal “h”, de “Presentar el informe y cuenta anual de su gestión”, lo cual se aplica tanto a la Junta como al Administrador, la información de la gestión de ambos (presentación por separado) debe plasmarse en ese documento donde se señale todo lo ocurrido durante el periodo de operación tanto de uno como de otro. Ese documento debe llevar una estructura, la cual me permito proponer a continuación.
MODELO DE INFORME DE GESTIÓN
TÍTULO: Informe de Gestión, Informe Administrativo, Memoria y Cuenta. Cualquiera de los tres.
INFORMACIÓN DEL EDIFICIO O CONJUNTO RESIDENCIAL: Nombre del Edificio o Conjunto Residencial: si es un conjunto de varias torres y edificios, identificar cada edificio por su nombre o número. Cantidad de pisos de cada edificio. Cantidad de apartamentos por cada edificio. Cantidad de locales. Dirección del inmueble: urbanización, calle, parroquia, municipio, zona postal, ciudad, estado. Descripción de las áreas comunes (cosas comunes) periféricas: jardines, piscinas, parques, casetas de vigilancia, caminerías internas, etc. Descripción de las áreas comunes (cosas comunes) interiores: ascensores, escaleras, pisos o pasillos, bombas de aguas, instalaciones generales, etc.
Descripción de los trabajadores residenciales que laboran en el edificio: nombres y apellidos, números de cédula de identidad, fechas de nacimiento, salarios que devengan, tiempo de servicio, número de inscripción en el Seguro Social Obligatorio (SSO), número de inscripción en el Fondo de Ahorro Obligatorio de Vivienda (FAOV). Si el trabajador residencial tiene cónyuge e hijos, indicar también sus nombres completos, cédula de identidad de cada uno, edades, etc,.
INFORMACIÓN DE LA JUNTA DE CONDOMINIO ACTUAL Identificación de los miembros de la actual (o saliente) Junta de Condominio: nombres y apellidos, cédula de identidad de cada uno, cargo de cada uno, identificación del apartamento donde vive cada uno de los integrantes.
INFORMACIÓN OPERATIVA DE LA GESTIÓN CONDOMINIAL Recepción del Mandato o recibimiento de la gestión anterior: señalar cómo se recibió la gestión anterior; en qué condiciones estaba el edificio o conjunto residencial; cuáles cosas estaban pendientes o quedaron pendientes de hacer, etc. Actuación de la Junta actual (o saliente): de lo que recibieron, qué se hizo; qué cosas nuevas se han hecho en el mandato actual (o saliente); qué logros se han alcanzado (de haberlos); otros. Cualquier otra información que esté relacionada directamente con la operatividad o actuación de la Junta. Si existe una administradora (persona natural o jurídica) se puede mencionar aquí la apreciación de la gestión de esta entidad o persona.
INFORMACIÓN FINANCIERA DE LA GESTIÓN Señalar los Bancos, con los respectivos números de cuenta, donde están depositados los aportes recaudados de los propietarios para el funcionamiento del edificio o conjunto residencial. Indicar los saldos de las mismas, a la fecha de entrega del informe. Indicar quiénes firman en esas cuentas. Señalar en cuál Banco están depositadas las Prestaciones Sociales del o los trabajadores residenciales del edificio o conjunto residencial, con su respectivo saldo. Indicar el monto de las Prestaciones Sociales de cada trabajador, acumuladas a la fecha de entrega del Informe de Gestión, con sus respectivos anticipos o adelantos, si los hubieren solicitados. Indicar quiénes firman en esa cuenta. Señalar el monto real o financiero (no el contable) del Fondo de Reserva, en qué cuenta bancaria está depositado, y quiénes firman en esa cuenta. Indicar las Cuentas o Recaudaciones por Cobrar a los propietarios, señalando nombre y apellido de cada uno, número de apartamento o local, cantidad de recibos acumulados sin pagar, monto acumulado de la deuda de cada propietario moroso, monto acumulado de la deuda por cobrar del edificio. Si es un conjunto residencial de varias torres, al igual que en el caso de los propietarios, señalar la morosidad por cada edificio, y el total por el conjunto residencial. Indicar qué acciones se han realizado para recuperar el dinero en mora, o la gestión de cobranza a los morosos. Indicar, de existir, las Cuentas u Obligaciones por Pagar del edificio, señalando cada beneficiario del pago. Para resumir esquemáticamente todo este aparte financiero, es conveniente la elaboración y presentación dentro de este capítulo, de los Estados Financieros (Balance General y Estado Operativo) del edificio o conjunto residencial.
INFORMACIÓN DE HECHOS PENDIENTES DE REALIZAR Información de las cosas que se están ejecutando para el momento de la entrega de la gestión y transmisión de mando: mencionar las cosas que se están realizando para el momento de entrega del mandato de la Junta actual (o saliente), tales como trabajos que se estén realizando en el edificio o conjunto residencial; gestiones ante entes gubernamentales; gestiones ante entidades privadas; etc. Información de las cosas que están planificadas y quedaron pendientes de realizar, las cuales se supone las debe ejecutar la nueva Junta de Condominio o el nuevo Administrador.
ANEXOS Colocar en esta sección del informe, fotocopia de facturas o documentos que sirvan para la información general de la comunidad de propietarios, cuyos originales debe recibir la nueva Junta, archivados en carpetas. De ser necesario, en esta sección de Anexos pueden agregarse fotografías, videos, de hechos registrados en el edificio. Es conveniente agregar en este aparte de Anexos, copia de los Contratos de Trabajo de cada trabajador residencial que se tenga en el edificio o conjunto residencial, cuyos originales debe recibirlos la Junta de Condominio entrante. Colocar en este aparte, copia de los Contratos de Servicio con los proveedores del edificio, incluido el contrato con el administrador o empresa administradora. Los originales debe recibirlos la Junta de Condominio entrante. Elaborar una relación detallada de los proveedores de bienes y servicios del edificio, señalando nombre o razón social de cada uno, dirección fiscal, Registro de Información Fiscal (RIF). Colocar en esta sección de Anexos, cualquier otra documentación que sea del interés general de todos, y que sea propiedad del edificio o conjunto residencial y de la comunidad de propietarios.
Como se puede apreciar en esta estructura propuesta, la misma está diseñada para la entrega de gestión de una Junta de Condominio, pero puede adaptarse perfectamente, con los cambios convenientes, a la entrega de gestión de un Administrador o empresa administradora.
La última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal fue en el año 1.983, y en la misma se señala que la rendición de cuentas debe ser anual. Sin embargo, en esta era de la información, en pleno siglo 21, donde la inmediatez es en muchos casos vital para la toma de decisiones, es conveniente que tanto el Administrador como la Junta mantengan constantemente informada a la comunidad, mediante adelantos informativos; informaciones parciales que no requieran de la elaboración de un informe detallado en cada adelanto o avance. El uso de los medios electrónicos, digitales o informáticos, en esta era de la internet, son herramientas efectivas para la transmisión de la información, la cual puede ser difundida fraccionadamente de manera mensual, bimestral (cada dos meses), bimensual (cada 15 días) o semanal, dependiendo del consumo que de dicha información requiera la comunidad.
En conclusión, el éxito de una buena gestión condominial se basa, entre otras cosas, en cumplir con la Rendición de Cuentas como aspecto fundamental en la administración de la propiedad horizontal.
Cabe señalar que todo lo aquí escrito, en cuanto a la Rendición de Cuentas en el Condominio, si bien el contenido está bastante inclinado hacia los condominios residenciales, también es aplicable a los condominios comerciales.
Se vende cómoda y atractiva casa en El Limón. Municipio Mario Briceño Iragorry. Maracay. Estado Aragua.
Este atractivo inmueble posee las siguientes características:
Área de Terreno: 210 m²
Área Construida: 326 m²
La construcción está dividida en dos (2) niveles, distribuidos de la siguiente manera:
La Planta Baja tiene:
✓ 3 Habitaciones ✓ 1 Cuarto de Depósito ✓ 3 Baños ✓ Sala de estar ✓ Comedor ✓ Cocina ✓ Área de Estacionamiento ✓ 1 Mini Cuarto de Depósito externo
La Segunda Planta tiene:
✓ Amplia Terraza ✓ Área de Sala y Comedor ✓ 2 Habitaciones ✓ Cocina ✓ 1 Baño.
La terraza de esta planta alta no tiene construcción interna, lo cual hace a este espacio un área ideal para quien desee desarrollar algún tipo de construcción allí.
Esta segunda planta o segundo nivel tiene acceso tanto interno, como por puerta externa independiente.
La casa cuenta con dos (2) acometidas de electricidad, como son corriente de 220 Voltios y de 110 Voltios.
La zona donde está ubicada esta atractiva casa, cuenta, desde el punto de vista urbanístico, con una zonificación R3, tipificada en la planificación urbana, como vivienda multifamiliar. Es decir, el futuro propietario puede construir otros niveles o pisos en la misma.
El inmueble está ubicado en una de las mejores zonas de la ciudad, el noroeste de Maracay, como lo es El Limón, con un agradable clima de montaña, con vista al majestuoso cerro Henri Pittier, decretado parque nacional por su ubicación y universal diversidad de flora, fauna y recursos hídricos.
La inversión, para que esta acogedora casa sea tuya, es de sesenta y cinco mil dólares americanos (USD 65,000.00).
Interesados pueden comunicarse a los siguientes números telefónicos:
• 0412-8555684 • 0414-9370881.
Planta baja. SalaPlanta baja. Sala Planta baja. Sala Planta baja. SalaPlanta baja. Habitación 1 Planta baja. Habitación 1Planta baja. Habitación 1 Planta baja. Habitación 1 Planta baja. Baño 1Planta baja. Habitación 2Planta baja. Habitación 3Planta baja. Baño 2Planta baja. Pasillo que comunica con habitaciones 2 y 3, y comedor y cocina Planta baja. Área de Comedor Planta baja. Área de Comedor Planta baja. Cocina Escalera interna de acceso a la segunda planta Escalera en la parte trasera de la casa, que comunica de manera independiente con la segunda planta Segunda planta. Área de Terraza Segunda planta. Sala – Comedor Segunda planta. Pasillo que va de la Sala – Comedor, a las habitaciones, cocina y el baño Segunda planta. Habitación 1 con vista al baño compartido Segunda planta. Habitación 2Segunda planta. Cocina Segunda planta. Baño compartido Segunda planta. Vista desde la Sala – Comedor, hacia la Terraza Escalera interna. Descenso de la segunda planta
A la venta Centro Comercial ubicado en el centro de la ciudad de Maracay, en la zona este del casco principal de la ciudad, en la calle Sucre con Av. Miranda, a una cuadra de la Av. Bolívar.
Las características de este Centro Comercial son las siguientes:
✓ Área: 700 m² en dos niveles, con dos (2) pasillos en cada nivel, que se comunican internamente ✓ 28 Locales Comerciales de 16 m² y 19 m², de los cuales veintitrés (23) están completamente alquilados, con cánones al día, y cinco (5) se están ofertando para arrendamiento
El precio de venta de este Centro Comercial, es de seiscientos cincuenta mil dólares americanos (USD 650,000.00).
Es una oportunidad de inversión en Venezuela.
Interesados llamar a los números telefónicos: 0412-8555684; 0414-4894238; 0424-3394962; 0414-9370881.
Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente Centro Comercial La Casona de Torrente
Se alquila local comercial en zona este del centro de Maracay, a escasos metros de la Av. Bolívar.
Las características del local son las siguientes:
✓ Ubicado a pié de calle ✓ 130 m² con mezzanina ✓ Mezzanina amplia con espacios bien definidos ✓ Un (1) baño.
El local está ubicado a pié de calle, y es ideal para:
✓ Tienda de Zapatos ✓ Tienda de Ropa ✓ Venta de Repuestos Automotrices ✓ Venta de Electrodomésticos ✓ Tienda de Computación ✓ Cualquier actividad económica que sea rentable en un local a pié de calle ✓ Empresas de Envíos y Encomiendas.
El canon de arrendamiento es de cuatrocientos dólares americanos (USD 400.00), los primeros seis meses, y cuatrocientos cincuenta dólares americanos (USD 450.00) los siguientes seis meses.
La negociación es la siguiente:
✓ 3 meses de depósito ✓ 1 mes de gestiones administrativas e inmobiliarias. ✓ Cien dólares americanos (USD 100.00) para la elaboración del Contrato de Arrendamiento privado.
Interesados llamar a los números telefónicos: 0412-8555684; 0414-4894238; 0424-3394962; 0414-9370881.
Se alquilan locales de 16 m² y 18 m², en reconocido centro comercial ubicado en la parte este del centro de Maracay. Ideales para ópticas, estética, centros de copiado, tecnología, profesionales independientes, entre otros.
El canon de arrendamiento para los locales de 16 m², es de ciento cuarenta dólares americanos (USD 140.00) al mes, por un año. Para los locales de 18 m², es de ciento cincuenta dólares americanos (USD 150.00) al mes, los seis primeros meses, y ciento sesenta dólares americanos (USD 160.00) al mes, los siguientes seis meses.
Local de 16 m²Local de 18 m²Local de 18 m²Locales en alquiler.
Interesados comunicarse por los números telefónicos: 0412-8555684 (teléfono y WhatsApp); 0414-9370881(sólo llamadas); 0414-4894238 y 0424-3394962.
Consideradas como parte de la familia, estos hermosos y cariñosos animalitos son tenidos en muchos hogares como un miembro más de los mismos.
Cuando se vive en inmuebles regido por la normativa de Propiedad Horizontal, se debe tomar en cuenta que la tenencia de una mascota reviste ciertas responsabilidades, y cierto comportamiento, que su tenedor (propietario) debe considerar a la hora de adquirir una o al momento de incorporarse al régimen habitacional citado anteriormente.
Ante todo debemos tener claridad con relación a aquellos animalitos que llamamos “mascotas”, ya que en Venezuela existe la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio (G.O. N° 39.338 del lunes 04 de enero de 2010), la Ley de Protección a la Fauna Silvestre (G.O. N° 29.289 del martes 11 de agosto de 1970) y el Reglamento de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre (G.O. N° 5.302 del 29 de enero de 1999). Estas normas son el marco legal que regula la tenencia de mascotas en nuestro país. La diferencia entre la Fauna Doméstica y la Silvestre radica en que en la primera los animales o la fauna del hogar están bajo el control humano, con tendencia a la domesticación, y en la segunda los animales viven libremente fuera del control del hombre y en ambientes naturales.
Para los casos de tenencia de mascotas en los edificios, es importante considerar, además de las normas citadas, la misma Ley de Propiedad Horizontal, y el contenido del Documento y Reglamento de Condominio de cada edificio, en esta materia.
Las mascotas que regularmente se tienen en los condominios, regidos por la Ley de Propiedad horizontal, son normalmente perros y gatos domesticados, enmarcados en la normativa de Fauna Doméstica, ya que fuera de allí, es decir, con la tenencia de animales silvestres, se está violando la citada norma. De esto último se hace mención, porque existen personas que en sus apartamentos tienen como mascotas a loros, pájaros, guacamayas, monos, culebras, babas y cerdos. Esta clasificación, de ser denunciada por vecinos a las autoridades, activaría inmediatamente operativos confiscatorios de tales especímenes, por considerarse Fauna Silvestre y no Doméstica. Y aunque la mención de la tenencia de estos animales en apartamentos, parezca insólito, esto sucede y ha sucedido en muchas comunidades residenciales.
El propietario de cualquiera de estos animales (domésticos o no) debe tener presente su responsabilidad por las actuaciones de los mismos en el condominio, y que cualquier daño que su animalito cause a personas o cosas en el edificio, deberá responder a los afectados o ante las autoridades, según el caso, tal como lo señala el Código Civil de Venezuela, en su artículo 1.185, y la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 3, literales “a”, “b”, “e”, “f”, “g”, y la normativa referida a la Fauna Doméstica.
Las mencionadas normas referidas a la tenencia, control y responsabilidad sobre las mascotas, son aplicables a los condominios de casas regidos por la Ley de Venta de Parcelas, su Documento de Parcelamiento y su respectivo Reglamento.
Las mascotas cuya tenencia está regulada por la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, son normalmente los perros y gatos. Si bien hay personas que han criado y “domesticado” cerdos y monos, como mascotas, deben entender que este tipo de animales deben permanecer y vivir en sus hábitats naturales o ambientes específicos, como muy bien lo señala la Ley de Protección de Fauna Silvestre, en su artículo 4, y no tenerlos dentro de sus apartamentos. Mismo caso para aquellos que tienen como mascotas a loros, pájaros, serpientes y babas, generando incomodidades para el resto de los vecinos; amén del estado en que puedan tener el interior de sus apartamentos, en cuanto a olores, desechos, etc.
USO Y DISFRUTE DE LAS MASCOTAS
El uso y disfrute de las mascotas en el condominio, debe ser exclusivamente con fines recreativos, y en algunos casos terapéuticos. Es por ello la consideración de muchos de tenerlas como parte de la familia, debido al impacto psicológico que las mismas tienen en cada uno de sus miembros. Son relajantes, anti stress, ansiolíticas, vinculadoras de la relación de pareja, vinculadoras de la relación entre padres e hijos, vigilantes naturales contra intrusos o desconocidos que deseen hacer lo malo en los hogares o contra alguno de los miembros de la familia.
RESPONSABILIDADES
Tal como se señaló anteriormente, el propietario de una mascota es responsable por los daños a personas o cosas causados por ésta, de acuerdo con el contenido del artículo 1.185 del ya mencionado Código Civil de Venezuela, la misma Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 3, en lo relativo al uso de la propiedad, lo que está dentro de ella y su impacto en el resto de la comunidad residencial, y la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, en sus artículos 13, 18, 23 y 24.
CONFLICTOS VECINALES A CAUSA DE LAS MASCOTAS
En los casos de conflictos vecinales por efecto de las mascotas, la citada Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, prevé, en su artículo 25, instancias de conciliación donde se involucran el Consejo Comunal de la zona, el Juez de Paz de la comunidad o la autoridad parroquial, en caso de que la hubiere. En casos extremos quedaría el caso en manos de la autoridad municipal.
Lo ideal sería resolver el conflicto de manera interna, y no traer la solución desde afuera. En este caso debe involucrarse, indefectiblemente, en la solución del conflicto, la Junta de Condominio del edificio, y fungir como una especie de árbitro para conciliar entre las partes. Si esto no fuera posible, quedaría el camino de acudir a las instancias mencionadas en el párrafo anterior.
La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, a lo largo de su texto legal, otorga poder a las Alcaldías, revistiéndolas de autoridad para ejercer de manera supra, el control sobre las mascotas y similares, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones municipales. Tal poder se extiende desde el registro de las mascotas en las Alcaldías, la restricción de la propiedad y de circulación de las mismas, la retención de las mascotas en los casos que lo ameriten, la disposición de sus desechos, y en los casos más severos, la confiscación del animal por parte de las autoridades municipales.
En el caso de los edificios o condominios residenciales y hasta comerciales, la citada normativa para la Fauna Doméstica dicta una prohibición expresa, en cuanto a la permanencia de animales en áreas comunes.
CONCLUSIÓN
Podemos tener nuestras mascotas en nuestros apartamentos, siempre y cuando lo permita la comunidad, refrendada esta voluntad en el Reglamento de Condominio de cada edificio o Reglamento de Parcelamiento de cada urbanismo cerrado de casas. La tenencia de nuestras mascotas va acompañada del grado de responsabilidad civil (personas y cosas) que debemos tener como propietarios de las mismas. Debemos velar por sus cuidados, manutención, bienestar y salud.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) venezolana, en su artículo 5, señala con claridad cuáles son las cosas comunes a todos los propietarios que residen en edificios o conjuntos residenciales, sometidos a este régimen. El Documento de Condominio de cada edificio recoge en su contenido lo que señala la Ley, además de ampliar la misma, dependiendo de la particularidad de cada edificación. El artículo 7 de la nombrada LPH indica que cada propietario (apartamento) tiene una cuota de participación, expresada en porcentaje, y especificada la misma en el citado Documento, con la cual, entre otras cosas, contribuirá obligatoriamente con el mantenimiento, cuidado y conservación de esas cosas comunes. La erogación monetaria que periódicamente deben efectuar los propietarios, causada por la administración, mantenimiento, reposición, reparación, cuidado y conservación de las cosas comunes del edificio, es lo que se conoce como Gastos Comunes. Antes de continuar con el tema es importante precisar que toda participación de los propietarios en su comunidad residencial o inmobiliaria, en los regímenes de propiedad horizontal, es siempre en función de su porcentaje (alícuota) definido en el Documento de Condominio, y en los artículos 26 y 7 de la Ley homónima. Cuando alguien compra un apartamento en una edificación regida por este sistema, esa persona se convierte automáticamente, y en el buen sentido del término, en un “porcentaje”, ya que con esta alícuota es que tendrá sus actuaciones dentro de la comunidad de propietarios, tal como lo señala dicho título, y lo establece claramente el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, al referirse a cargas (Gastos Comunes y otras obligaciones u erogaciones) y beneficios (decisiones en Asambleas, ingresos proporcionales, etc.).
El artículo 11 de la Ley de Propiedad Horizontal señala de manera taxativa cuáles son los Gastos Comunes que se generan bajo este régimen. En el literal “a”, de este artículo, estarían clasificados los gastos corrientes, ordinarios, fijos, consecutivos, o comunes propiamente dichos, ya que son los que se producen con la recurrencia normal con la que transcurre la vida condominial en el edificio o conjunto residencial; por ejemplo, agua, electricidad, vigilancia, conserjes, etc. En el literal “b” se encuentran aquellos gastos que, no formando parte del giro ordinario de la vida cotidiana del edificio, pudieran ser comunes en un momento determinado, al producirse una situación inesperada que afecte de manera significativa cualquiera de las cosas comunes, señaladas en el artículo 5 de la mencionada Ley. En estos casos la comunidad pudiera tomar la decisión de convertir tales erogaciones en comunes, por lo menos hasta que se corrija o cese el evento que afectó la cosa común a todos ellos, con tan sólo tener la aprobación del 75% (en alícuotas) de los propietarios; por ejemplo, la solicitud de cuotas adicionales o extraordinarias para atacar algunas emergencias como rotura de la tubería de gas, rotura de la tubería de agua potable, de aguas negras, colocación de ductos para el buen tránsito de estas aguas negras, etc.; o para acometer obras que tiendan a revaluar el inmueble o aumentar la calidad del mismo, como la canalización de los desagües de los aires acondicionados; obras de envergadura como el mantenimiento general del edificio, de sus paredes, pintura para el mismo, y otros; para la reposición, reparación o reconstrucción de equipos del edificio como las bombas de agua, hidroneumáticos, ascensores, etc.. Todos estos gastos podrían, en algunos casos, complementarse con el Fondo de Reserva de la comunidad.
El Fondo de Reserva podría definirse como el ahorro que tienen los propietarios para hacer frente a gastos extraordinarios y de envergadura, o para acometer proyectos de inversión en la edificación. Este Fondo no se encuentra en la Ley de Propiedad Horizontal; nace en el Documento de Condominio, cuando este último determina el porcentaje de los Gastos Comunes con el cual ha de constituirse aquél, y alimentarse en lo sucesivo.
Continuando con el tema, debemos decir que el literal “c” del artículo 11, de la Ley de Propiedad Horizontal, es el que perfila aquellos gastos comunes muy particulares de cada edificio o conjunto residencial, dependiendo de la cantidad de cosas comunes que posea cada edificación. Es aquí donde el Documento de Condominio juega un papel importante, porque además de señalar el contenido del artículo 5 de la mencionada Ley, va a indicar las cosas comunes propias de cada inmueble, en el entendido de que cada edificio o conjunto residencial tendrá cosas comunes que otros no tienen, conformándose un tipo de individualidad condominial para cada edificación. Tal es el caso de los parques, caminerías, piscinas, churuatas, gimnasios, saunas, u otros elementos que no poseen todas las edificaciones, por ser construcciones propias de cada inmueble, cuyo mantenimiento, conservación y administración estarían comprendidos dentro del conjunto de gastos comunes para tales fines.
Por lo tanto, existe en todos los casos que indica el artículo 11 de la Ley de Propiedad Horizontal, la obligatoriedad de cada propietario de contribuir con el sostenimiento de las cargas financieras del inmueble, mediante el pago de los Gastos Comunes que genera el mismo, lo cual es un mandato señalado en el artículo 12 de esta norma; no hacerlo, haría incurrir al propietario en morosidad, tema al que nos referiremos más adelante. De tal manera que cuando una persona decide comprar un apartamento en propiedad horizontal, al recibir el documento de propiedad, “declara” taxativamente cumplir con lo señalado en la Ley y el Documento de Condominio del edificio donde compró dicho apartamento o local.
Para concluir, cabe tener en cuenta que los gastos producidos durante un periodo determinado son recogidos, plasmados, asentados o relacionados, para su reposición por parte de los propietarios, en una planilla denominada Recibo de Gastos Comunes o Recibo de Condominio. Se insiste en la obligatoriedad de su pago, ya que son erogaciones que fueron realizadas a nombre de toda la comunidad de propietarios, y la misma debe restituirlos para contribuir con la salud financiera, estructural, y social del edificio o conjunto residencial, repercutiendo dicha salud en la calidad de vida de todos los residentes del inmueble.
Casa de 69 m2. *Techo de platabanda *Piso de cerámica *Dos (02) habitaciones con sus puertas de madera y ventana. *Un (01) baño *Cocina Empotrada con gabinetes y fregador incorporado *Lavandero *Tanque aéreo de 1.600 lts. *Bomba de agua nueva de 1/2 HP *Porche con machiembrado. * Un (01) puesto de estacionamiento *Bases para 2da. planta, con sus servicios de aguas negras y blancas. LA VIVIENDA ESTÁ DENTRO DE UN PEQUEÑO URBANISMO DE 8 VIVIENDAS (detrás del estadio), en la calle Aragua/vía Turagua. Sector: Patrocinio Pequeño Ruiz. 👉UBICACIÓN Y SERVICIOS CERCANOS: 1)A cuatro (4) cuadras de la plaza Lamas 2)Detrás del Estadio de béisbol 3)Cerca del ambulatorio del pie diabético. TODO CERCA Y A PIE: Alcaldía. Abastos. Supermercados. Carnicerías. Panaderías. Ferreterías. Comandancia de Policía. CICPC. Farmacias. Quincallerías. Ambiente tranquilo ¡¡¡ VERLA ES COMPRARLA !!!
La inversión para esta hermosa casa es de USD 7,500.00 (siete mil quinientos dólares de los Estados Unidos).
Construction Technology (ConsTech) o Tecnología de la Construcción conforma una serie de técnicas dentro de los procesos de innovación, aplicadas al sector de la construcción, que involucra al mercado inmobiliario en general.
En el marco de estos procesos de innovación, nace como un aspecto disruptivo de este sector la construcción con paneles, como un novedoso sistema de construcción (Innovative Building System) que la empresa Concrecasa ha incorporado al mercado inmobiliario.
Este novedoso sistema de construcción se basa en el diseño de Paneles de Poliestireno Expandido ( EPS) y acero de alta resistencia, características éstas que lo hace ideal para:
– Muros de Carga, Tabiques y Muros de Cerramiento, con espesor desde 50 mm hasta 250 mm – Muros de Carga hasta 20 niveles – Losas de Entrepisos y Techos. Luces hasta los 650 cm – Escaleras, Columnas, Vigas Pre-ensambladas y Paneles personalizados.
Los Paneles Concrecasa, fabricados con poliestireno de alta densidad autoextinguibles y acero galvanizado de alta resistencia, se consolidan con concreto, conformando una estructura monolítica con múltiples ventajas, como las siguientes:
– Material ligero. – Fácil de instalar, agilizando la construcción – Resistente al fuego – Sismo resistente – Energéticamente eficiente – Adaptable a diseños versátiles – Resistente a intemperie y ambiente marino – Útil en la reducción de costos.
No esperes más!! Construye tu casa o desarrolla tu proyecto de construcción, con Paneles de Concrecasa.
Para mayor información, comunícate al 0412-8555684 y 0414-9370881, o al correo electrónico: bienesinmueblesve@gmail.com
En la entrega pasada nos introdujimos de manera general al ambiente de los Condominios Residenciales, y de manera aproximada a su administración; la importancia que tiene la conformación de la Junta de Condominio, figura que representa a la comunidad de propietarios, y las atribuciones que a dicha Junta le confiere la Ley de Propiedad Horizontal, pudiendo apreciarse esta norma como una guía para la correcta administración del edificio.
En esta entrega trataremos el tema de la existencia legal del Condominio (y de la Junta), aspecto fundamental para el debido manejo del inmueble, las relaciones con los condóminos, y otros entes.
De acuerdo con el contenido de la letra “g”, del artículo 20, de la Ley de Propiedad Horizontal, el Condominio debe tener los libros exigidos para su funcionamiento, sellados por la Notaría, para que todo lo que allí se escriba, anote o asiente, tenga carácter legal para los condóminos, y frente a terceros; previstos estos actos en la Ley de Registros y del Notariado, en su artículo 75, numeral 14.
En el libro de Asamblea de Propietarios se deben plasmar los acuerdos y/o decisiones tomadas por la comunidad de propietarios. Uno de esos acuerdos o decisiones fundamentales es la elección de la Junta de Condominio, la cual, como hemos señalado reiteradamente, es el órgano que representa a los copropietarios del inmueble. Una vez electa la misma, asentada la voluntad de los condóminos en el mencionado libro, se deben dar ciertos pasos para la legalización del Condominio (y la Junta).
Electa la Junta de Condominio, se debe proceder con el trámite para la obtención del Registro de Información Fiscal (RIF), el cual se debe realizar a través del portal del SENIAT; esto es vía Internet. Previamente a esto, los miembros de la Junta deben tener sus RIF’s actualizados para realizar este importante proceso. En la actualidad este documento fiscal se puede imprimir desde cualquier oficina particular, o desde el apartamento de cualquier miembro de la Junta. Para ello se debe tener el correspondiente usuario y clave para tener acceso al sector de la web del Seniat, que permite tramitar este documento.
De no poder hacerlo a través del portal del Seniat, los integrantes de la Junta, con el libro de Asamblea de Propietarios donde conste su elección, deben dirigirse a las oficinas de ese organismo, para que allí realicen el trámite directamente, y les sea otorgado el respectivo RIF.
Una vez obtenido el Registro de Información Fiscal, el siguiente paso es de capital importancia, y el cual trataremos más adelante, y tiene que ver con las finanzas del inmueble. Se trata de la apertura de las cuentas bancarias, para darle organicidad financiera al manejo del Condominio. La apertura de las cuentas bancarias se debe hacer a nombre del inmueble o conjunto residencial (o Condominio). Para ello debería bastar la presentación ante la entidad bancaria del libro de Asamblea de Propietarios, donde conste la elección de la Junta, el cual por estar sellado reviste carácter de legalidad; y también el RIF del inmueble, como requisitos primordiales.
Sin embargo, en la actualidad, las instituciones bancarias exigen como requerimiento obligatorio para abrir las cuentas a nombre del inmueble o comunidad residencial, el que la Junta esté “registrada”. Esto no es más que la elaboración de un documento, por parte de un profesional del Derecho, donde consten los acuerdos de los propietarios en cuanto a la elección de la Junta, señalando la fecha de la Asamblea, los miembros electos, el cargo de éstos, etc., los cuales deben estar previamente asentados en el libro de Asamblea de Propietarios. Dicho documento (Acta) se debe presentar ante el Notario, para que este funcionario de fe pública de tal acto, en concordancia con la ya nombrada Ley de Registros y del Notariado, en el mencionado artículo 75, numeral 14.
En resumen, la existencia legal del Condominio estaría dada en principio por la elección de sus miembros, la cual, como ya se dijo, debe constar en el libro de Asamblea de Propietarios; luego por la obtención del documento de identidad correspondiente, el cual es el Registro de Información Fiscal (RIF); también con la presentación del Acta de elección de la Junta ante el Notario, para le fe pública de su existencia; y finalmente con la apertura de las cuentas bancarias a nombre del edificio o condominio. Esta legalidad es de suma importancia; hacia lo interno, para la elaboración de los Contratos de Trabajo con los Trabajadores Residenciales; y hacia lo externo, para los Contratos de Mantenimiento, con los proveedores, y de Servicios de Administración del Inmueble, con los administradores (naturales o jurídicos).
En la siguiente edición trataremos el tema de los Gastos Comunes.
Los edificios construidos por empresas (constructoras) privadas, cuyas dependencias o apartamentos son posteriormente dados en venta, se rigen por lo que se conoce como propiedad horizontal. La particularidad de este régimen es que el titular de una unidad habitacional, también es dueño de un pedazo del edificio que habita. Es decir, en lo vertical es propietario de su apartamento o local, y en lo horizontal es copropietario del edificio o del inmueble que contiene distintas plantas, pisos o niveles independientes, con una serie de áreas colectivas pero indivisibles, que le atribuye al poseedor de una unidad vertical, un pedazo proporcional en esas cosas comunes. Este modo de propiedad privada de viviendas, dividida en compartimientos, departamentos, apartamientos o apartamentos, se rige en Venezuela por la Ley de Propiedad Horizontal.
La propiedad horizontal envuelve indefectiblemente la existencia de los Condominios. Pues, al existir la colectivización de la propiedad de un edificio o la participación indivisible en las áreas pertenecientes al mismo, estamos en presencia de una especie de propiedad conjunta. La palabra Condominio deriva del latín condominus o condominiun, la cual traduce dominio común sobre algo, propiedad común o propiedad conjunta, en este caso, del inmueble. Es decir, varias personas (condóminos) tienen derecho de propiedad sobre las áreas, cosas e instalaciones del edificio, en la proporción que la Ley de Propiedad Horizontal, a través del documento correspondiente, llamado Documento de Condominio, les otorga. Tanto este último como la propia Ley definen cuáles son las cosas comunes a todos los propietarios de apartamentos y locales de un edificio.
La existencia de esa comunidad de bienes (Condominio) obliga a establecer métodos de administración de los mismos, vale decir de la propiedad horizontal, en pro de la conservación y cuidado del edificio, lo cual incide directamente en la propiedad vertical o individual; es decir, en la propiedad de cada apartamento o local, sea elevando o disminuyendo su valor, según sea la administración y cuidado del inmueble.
La conformación de un cuerpo organizado o de un conjunto de personas, copropietarias del inmueble, designadas por la comunidad de propietarios del edificio, para ser sus representantes, que lleve las riendas del inmueble y se haga cargo de la administración y cuidado de las cosas comunes del mismo, es lo que se conoce como Junta de Condominio. Las Juntas de Condominio, de acuerdo con el contenido del artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal, son de obligatorio funcionamiento en todos aquellos inmuebles que están regidos por esta Ley, la cual les atribuye a estas personas lo siguiente: a) Convocar en caso de urgencia a la Asamblea de Copropietarios; b) Proponer a la Asamblea de Copropietarios la destitución del Administrador; c) Ejercer las funciones del Administrador, en caso de que la Asamblea de Copropietarios no hubiere procedido a designarlo; d) Velar por el uso que se haga de las cosas comunes, y adoptar la reglamentación que fuere necesaria; e) Velar por el correcto manejo de los fondos, por parte del Administrador; La importancia de la existencia de una Junta de Condominio es la administración eficiente del inmueble en copropiedad, y la transparencia en la representación de la comunidad de propietarios. Seguiremos en la próxima edición.
Oportunidad de inversión en zona central de Venezuela, en la población de Santa Cruz, municipio Lamas, en el estado Aragua.
Terreno de 4.176 m2, cercado con paredes propias. Es ideal para la construcción de viviendas, o para la instalación de una empresa o industria, o para construir un galpón.
Excelente ubicación.
La inversión para esta interesante propiedad es de USD 70,000.00.
¡Anímate a invertir en Venezuela!
Espectacular terreno en Santa Cruz de Aragua. Venezuela. Estado Aragua.
Se alquila apartamento-anexo de una casa, en la urbanización San Jacinto de Maracay.
El anexo posee las siguientes características:
Sala. Comedor. Cocina. Fregadero
Una (1) habitación
Un (1) baño
Un (1) puesto de estacionamiento
Adicionalmente tiene:
Internet
Aire Acondicionado
Este apartamento-anexo es ideal para un estudiante, caballero solo, dama sola, persona ejecutiva de empresa.
El canon de arrendamiento mensual es de ciento cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.00), el cual incluye todos los gastos de servicios del anexo.
Si estás interesado en independizarte o darle un cambio a tu vida, esta es tu oportunidad.
La negociación para optar a este alquiler es la siguiente:
Dos (2) meses de Depósito en Garantía
Un (1) mes de Alquiler por adelantado
Un (1) mes de gestiones inmobiliarias
Cien dólares de los Estados Unidos de América (USD 100.00) para la elaboración y firma del Contrato de Arrendamiento privado
Si el alquiler de este anexo se ajusta a tus planes de vida, llámame a los siguientes números telefónicos:
Se alquila anexo de una casa en la Urb. San Jacinto de Maracay.
Si eres un ejecutivo de empresa o eres empresario establecido que necesitas independencia o realizar cambios importantes en tu vida, este anexo en alquiler es para ti.
Este interesante apartamento posee las siguientes características:
Sala. Comedor. Cocina
Dos (2) habitaciones
Un (1) baño
Lavandero
Un (1) puesto de estacionamiento
Adicionalmente tiene:
Internet
Aire Acondicionado
El canon de arrendamiento mensual es de ciento setenta dólares de los Estados Unidos (USD 170.00), el cual incluye todos los gastos del anexo.
La negociación sería la siguiente:
Dos (2) meses de Depósito en Garantía
Un (1) mes de Alquiler por adelantado
Un (1) mes de gestiones inmobiliarias
Cien dolares de los Estados Unidos (USD 100.00) para la elaboración y firma del Contrato de Arrendamiento privado
Si este apartamento te parece interesante para tus planes de vida, llámame a los siguientes números telefónicos: